Publicado 10/04/2024 11:59

ARGENTINA.-Además de Aerolíneas, otras 17 figuran en la lista de empresas a privatizar

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BUENOS AIRES, 10 Abr. (Mario Poliak) -

Aerolíneas Argentinas es la principal empresa estatal de la lista total de 18 a privatizar, que el Gobierno incorporó al nuevo proyecto de la Ley Bases, que comenzaría a tratarse a partir de la próxima semana en comisión, en la Cámara de Diputados.

De un listado original de 41 que figuraban en la norma anterior, la nómina se redujo a menos de la mitad. Tal como ocurrió durante las negociaciones de aquella, YPF quedó definitivamente excluida.

También el articulado se vio reducido a más de la mitad: de los 600 que constaba el proyecto anterior, ahora contiene 270. El Capítulo II incluye las compañías estatales a privatizar, que además de la mencionada Aerolíneas sobresalen Energía Argentina S.A. (Enarsa), Radio y Televisión Argentina (RTA) e Intercargo.

También están las que también serán concesionadas, como AySA (aguas), Correo Argentino, Belgrano Cargas (ferroviaria), Corredores Viales y Trenes Argentinos.

Las nueve restantes solo podrán ser privatizadas parcialmente, ya que el Estado deberá mantener para sí la participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.

Ellas son Nucleoeléctrica Argentina S.A. (centrales nucleares), Banco Nación, Nación Seguros, Nación Reaseguros, Nación Seguros de Retiro, Nación Servicios, Nación Bursátil, Pellegrini S.A. y Yacimientos Carboníferos Río Turbio.

Además de YPF, quedaron afuera del nuevo proyecto ARSAT (satélites), Dioxitek (procesamiento de uranio concentrado), Ferrocarriles Argentinos S.E. y la Administración General de Puertos S.E.

En tanto, la agencia de noticias Télam, que figuraba en el proyecto inicial, directamente fue cerrada por el Gobierno.

Asimismo, la nueva ley establece que la Comisión Bicameral de Seguimiento de las Privatizaciones, a crearse por esta misma norma, intervendrá en todo el proceso en colaboración con la Sindicatura y con la Auditoría General de la Nación.

La normativa también limita la enajenación durante el proceso de liquidación a los bienes necesarios para la cancelación de los pasivos y precisa que "los bienes muebles e inmuebles que compongan el activo remanente de la empresa en liquidación que estén a nombre del Estado Nacional deberán ser transferidos a la Agencia de Administración de Bienes del Estado".

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