Publicado 01/04/2025 09:28

Una técnica acusada por la mina de Aznalcóllar defiende la adjudicación a Minorbis como "la más ventajosa"

Explica que había "15 criterios" y sólo cuatro de índole económica y que la oferta de Minorbis tuvo "la mayor puntuación" en la suma

Juicio oral por la adjudicación de los derechos mineros de Aznalcóllar. A 03 de marzo de 2025, en Sevilla (Andalucía, España). juicio oral por la adjudicación de los derechos mineros de Aznalcóllar. La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla tiene fija
Juicio oral por la adjudicación de los derechos mineros de Aznalcóllar. A 03 de marzo de 2025, en Sevilla (Andalucía, España). juicio oral por la adjudicación de los derechos mineros de Aznalcóllar. La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla tiene fija - Joaquin Corchero - Europa Press

SEVILLA, 1 Abr. (EUROPA PRESS) -

Durante el juicio que celebra la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla por presuntos delitos de prevaricación, tráfico de influencias, malversación y fraude investigados en la adjudicación de los derechos de explotación de la mina de Los Frailes, en Aznalcóllar, a la agrupación empresarial México-Minorbis; el segundo de los acusados, una letrada de la Junta de Andalucía vocal de la mesa de contratación, ha negado insistentemente cualquier "interferencia" en su labor y ha defendido que la oferta elegida era "la más ventajosa" porque el económico no era el único criterio, sino que había 15.

Al detalle, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha reanudado este martes el juicio, después de que las primeras sesiones, celebradas los días 2 y 3 de marzo, estuviesen centradas en las cuestiones previas planteadas por las partes del procedimiento.

De este modo, este martes ha comparecido el primero de los acusados, José Marcos A.P., interventor de la Junta delegado en la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa a la fecha de los hechos y miembro de la mesa de contratación promovida para la adjudicación de los derechos de explotación de esta mina.

Tras él ha comparecido también como acusada Pastora S.d.l.C.S.d.I, quien fuera vocal de la mesa de contratación y que al igual que su antecesor, ha negado "radicalmente" cualquier "interferencia, influencia o sugerencia" externa destinada a incidir sobre el resultado del proceso se evaluación de las ofertas que concurrían, que eran las de Minorbis con el apoyo de solvencia de Grupo México y la de Emerita, que tras no ganar el concurso denunció el asunto por la vía Penal, asegurando que su propuesta era superior en lo económico.

En ese sentido, ha reconocido que la inversión comprometida por Emerita era de más de 600 millones de euros frente a los 300 de la propuesta de Minorbis, pero al punto, ha precisado que los baremos del concurso giraban en torno a "15 criterios" de los que "sólo cuatro" eran de índole económica. "No había un criterio único", ha dicho.

Los aspectos de ámbito ambiental, según ha argumentado, tenían un peso "altísimo" en el baremo, dada la catástrofe natural acontecida en 1998 por la fractura de la balsa de residuos de metales pesados del complejo minero, explotado entonces por Boliden-Andaluza de Piritas S.A. (Apirsa). "Cualquier andaluz sabe lo que ha sido esta mina", ha dicho esta acusada.

Así, la encartada ha defendido que en la suma de los parámetros, la propuesta de Minorbis contaba "con la mayor puntuación" global, con lo que la mesa de contratación la escogió como "la más ventajosa".

En las primeras sesiones, centradas en las cuestiones previas, las defensas de los 16 acusados reclamaron la nulidad del procedimiento por "vulneración de derechos fundamentales de libertad, defensa e intimidad" y una supuesta "extralimitación de las competencias" de la Sección Séptima de la Audiencia, a la hora de resolver los recursos de apelación planteados en la fase de instrucción, mediante un tribunal participado por la juez Mercedes Alaya, instructora inicial de la macrocausa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos y las ayudas arbitrarias a empresas con cargo a los fondos de la Junta de Andalucía.

Recordemos al respecto que merced a las peticiones de la Fiscalía, la jueza instructora de la denuncia inicial de Emerita-Forbes Manhattan, la magistrada Patricia Fernández Franco, acordó hasta dos veces el sobreseimiento de la investigación al no apreciar delito, si bien tras los recursos de apelación de las acusaciones particulares contra tales decisiones de archivo, en ambos casos la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, donde figura la juez Mercedes Alaya; accedió a las tesis de las acusaciones ordenando la reapertura de las diligencias.

EL "EXCESO COMPETENCIAL" DE LA AUDIENCIA

Según los letrados de las defensas, en el caso pesa un "exceso competencial" de la Sección Séptima de la Audiencia; "puesto que en el primer auto de sobreseimiento del Juzgado de Instrucción número 3 en 2015 se decía que el procedimiento había sido el correcto y que no se había acreditado que las actuaciones fueran tendentes a beneficiar a Minorbis" en la valoración de las ofertas; mientras respecto al segundo auto de sobreseimiento del juzgado, también revocado por la Sección Séptima; señalaba que no había "indicios ciertos sobre delitos denunciados, más allá de genéricas referencias de meras irregularidades".

Pero la Sección Tercera de la Audiencia rechaza en su último auto que la Sección Séptima incurriese en una "extralimitación de funciones", avisando de que "las defensas niegan la posibilidad del tribunal de apelación de revocar la decisión de la instructora de sobreseer la causa y hacer una valoración de la prueba sobre culpabilidad, decidir la práctica de nuevas diligencias de prueba y ampliar el ámbito de enjuiciamiento tanto de hechos como de investigados".

Al respecto, la Sección Tercera de la Audiencia explica que "la posibilidad de modificar por parte del tribunal de alzada la decisión del juez de instancia sobre la conclusión de la instrucción y acordar nuevas pruebas ha sido aceptada de forma generalizada por la jurisprudencia menor y es que, no solo no existe precepto alguno que lo impida, sino que por el contrario es obligado el pronunciamiento sobre las pretensiones que en tal sentido se interesen por las partes".

Además, la Sección Tercera de la Audiencia esgrime "distintas sentencias del TC y TS que aluden a resoluciones de las audiencias provinciales sobre la modificación de la valoración efectuada por el instructor, entre ellas en relación a la resolución adoptada tras la conclusión de la investigación o para la admisión y práctica de nuevas diligencias de prueba, en las que no se cuestiona la validez de dichas resoluciones ni se acuerda su anulación, sino que sólo se valora la posible vulneración o no del derecho del demandante a un juez imparcial"; con lo que rechaza dichja cuestión previa.

El tribunal, en ese sentido, desestima la mayoría de las cuestiones previas planteadas por las partes, pero acuerda excluir el enjuiciamiento por delito de administración desleal y pospone para el momento de emisión de la sentencia las relativas a la legislación aplicable al presunto delito de malversación.

La causa penal deriva de la impugnación de la resolución del concurso internacional promovido por la Junta de Andalucía para adjudicar los derechos de explotación de la mina de Aznalcóllar, cerrada después del conocido desastre medioambiental de 1998, cuando era explotada por la sociedad Boliden-Apirsa (Andaluza de Piritas S.A.).

A LOS TRIBUNALES

Al citado concurso concurrieron la agrupación empresarial México Minorbis, participada por la andaluza Magtel, y Emerita-Forbes Manhattan, siendo adjudicados los derechos de explotación al grupo México Minorbis por decisión de la mesa de contratación.

Tras ser resuelto el concurso, Emerita-Forbes Manhattan elevó a los juzgados una denuncia acusando a la Administración autonómica de haber incurrido en presuntos delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias y fraude, alegando entre otros aspectos que su oferta económica superaba ampliamente a la de Minorbis, adjudicataria final de los derechos de explotación.

Entre los acusados del juicio figuran los hermanos Mario e Isidro López Magdaleno, presidente y vicepresidente de la empresa cordobesa Magtel; el expresidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) Vicente Cecilio Fernández Guerrero por su papel como otrora secretario general de la Consejería de Innovación Ciencia y Empleo; la exdirectora general de Minas de la Junta de Andalucía María José Asensio Coto y diferentes funcionarios de la Junta.

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