Publicado 11/08/2025 13:11

El Papa amplía los permisos de paternidad y derechos a familias que trabajan en el Vaticano

Archivo - El Papa León XIV durante la misa de inicio de su Pontificado, en la plaza de San Pedro, a 17 de mayo de 2025, en Ciudad del Vaticano. Con esta ceremonia se marca el inicio del ministerio petrino del estadounidense Robert Prevost, el Papa León XI
Archivo - El Papa León XIV durante la misa de inicio de su Pontificado, en la plaza de San Pedro, a 17 de mayo de 2025, en Ciudad del Vaticano. Con esta ceremonia se marca el inicio del ministerio petrino del estadounidense Robert Prevost, el Papa León XI - Stefano Spaziani - Europa Press - Archivo

MADRID 11 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Papa León XIV ha ampliado los permisos remunerados de paternidad y algunos derechos de los padres de hijos con discapacidad para los empleados del Vaticano, según ha informado Vatican News.

Así se ha publicado en el Rescripto, firmado por el prefecto de la Secretaría para la Economía, Maximino Caballero Ledo, y aprobado por el Pontífice, que introduce algunas novedades sobre los permisos de paternidad: cinco días de permiso remunerado para los empleados del Vaticano con motivo del nacimiento de un hijo; y tres días al mes de permiso remunerado para los padres de hijos con discapacidad.

Entre las novedades del Rescriptum, que modifica algunos párrafos del Texto Único de las Medidas a favor de la Familia y las Normas para la concesión del subsidio familiar, destaca en primer lugar la relativa al permiso de paternidad.

"El empleado tiene derecho a cinco días de permiso remunerado con motivo del nacimiento de un hijo. Los cinco días de permiso, entendidos como días laborables, pueden disfrutarse de forma continuada y/o fraccionada en días completos y no en horas, en un plazo máximo de treinta días a partir de la fecha del nacimiento, so pena de perder el derecho", se lee en el documento.

El padre trabajador tiene derecho, durante los cinco días de permiso, a "una remuneración equivalente al 100 % del salario, computada a todos los efectos relacionados con la antigüedad en el servicio".

En cuanto a las familias con hijos con discapacidad "en situación grave comprobada", se establece que "los padres, alternativamente, tienen derecho cada mes a tres días de permiso remunerado, que pueden disfrutarse también de forma continuada, siempre que el niño no esté ingresado a tiempo completo en centros especializados".

La concesión de este permiso implica para el empleado que no pueda realizar ninguna otra actividad laboral, con el objetivo de facilitar una mayor disponibilidad de tiempo para el cuidado del familiar discapacitado.

La evaluación clínica de la discapacidad y de su gravedad, especifica el Rescriptum, la realiza un Colegio Médico, basándose en tablas de evaluación emitidas por la Autoridad Superior a propuesta de la Dirección de Salud e Higiene del Governatorato. El dictamen de dicho Colegio es "inapelable", apunta el documento.

Finalmente, en lo que respecta al subsidio familiar, el Rescritto aclara que los beneficiarios son las familias con "hijos legítimos o legitimados o equiparados, mayores de 18 años cumplidos"; si son estudiantes, "en el período de estudios secundarios hasta la edad máxima de 20 años cumplidos" o durante toda la duración de los estudios universitarios o de estudios reconocidos como equivalentes por la Santa Sede, hasta la edad de 26 años.

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